CUENCA BINACIONAL
Lenta e inexorablemente avanza el proceso de destrucción de la cuenca de Río Puelo y Manso, y el 2009 será sindicado como el año en que se dio inicio a las operaciones que confirman lo que durante años se ha estado especulando, y es el uso de las aguas binacionales por corporaciones energéticas que tienen derechos mercantiles, concedidos por el gobierno chileno, desconociendo el “Protocolo Especifico Sobre Recursos Hídricos Compartidos “, firmado por ambos países
.Durante años, los rumores de proyectos de represar las aguas de los diversos ríos que componen la cuenca del Puelo han sido diversos, pero con las concesión de derechos de uso, dadas por el gobierno chileno en septiembre del año 1990, a Endesa (corporación energética italiana), y el más reciente remate de todo el caudal del Río Manso a una empresa chilena llamada Mediterráneo S.A., han marcado un constante proceso de intenciones de usar este agua para uso energético privado, sin respetar los tratados binacionales, las declaratorias de reserva mundial de la biosfera o considerar el efecto sobre las poblaciones que dependen de las economías agro turísticas y que son parte integral de esta valiosa hoya hidrográfica llamada Río Puelo.
Administrativamente, “esta cuenca se ubica al sudoeste de la provincia de Río Negro y al Noroeste de la provincia de Chubut, departamentos de Bariloche y Cushamen respectivamente. En el sector chileno, la cuenca se ubica administrativamente en la Comuna de Cochamo, Provincia de Llanquihue, Región de los Lagos”.“La totalidad de la cuenca bi nacional, tiene una superficie aproximada de 880.000 hectáreas, de las cuales el 65,9 % o 580.000 hectáreas son de jurisdicción Argentina y solo 300.000 hectáreas o el 34,1 %, se ubican en Chile.”
RÍO PUELO
Este río binacional, en la parte Argentina es parque nacional (Parque Nacional Pago Puelo), tiene la totalidad de las aguas comprometidas para uso energético en el lado chileno, debido a que el gobierno de este país cedió derechos a Endesa (una corporación energética de capitales italianos). En 1990, la Dirección General de Aguas de Chile, concedió los derechos de uso por 850 mt³/segundo a Endesa, pero peculiarmente este río según mediciones fluviométricas históricas no tiene más de 660 Mt³/segundo, lo que significa que el gobierno chileno cedió a manos corporativas mas agua de lo que el río tiene naturalmente.
En los últimos años, por presiones corporativas, el Código de Aguas chileno, sufrió modificaciones y convirtió el agua en un bien de capital, transable en un mercado hídrico, 100 % privado y con uso a perpetuidad.Endesa desde el año 2006 a la fecha y por imposición de este Código de Agua, ha debido pagar una patente para mantener el derecho de uso de este río, cancelando anualmente 3 millones de dólares. Luego, este pago es un indicador de la intencionalidad de Endesa por mantener y hacer uso de las aguas de esta cuenca con fines de represar sus aguas, hecho que se reafirma con los diversas grupos de técnicos de Ingendesa (División de ingeniería de Endesa), que han iniciado diversas campañas de terreno, desde noviembre del 2009, con el fin de analizar en los diversos tributarios más importantes de esta cuenca, para elaborar el proyecto de construir una o mas represas en esta cuenca binacional.
RÍO MANSO
Este río es parte integral de la cuenca binacional del Río Puelo y a pesar de su escaso caudal, ha sido objeto de la codicia de las corporaciones energéticas que se han instalado en Chile.En el año 2008, por mandato del gobierno chileno y justificándose en Código de Agua, el total del caudal de este río fueron rematadas al mejor postor, para usarlas en la producción energética. El día 24 de Junio del 2008, la empresa Mediterráneo S.A., de capitales chilenos pago 44,7 millones de dólares por el uso esta agua, y en la actualidad han iniciado operaciones para utilizar este derecho mediante el represamiento del caudal.Desde febrero del 2009, helicópteros con material y maquinaria han remontado la cuenca del Río Manso, hasta el sector de Correntoso (área cercana a la posición geográfica UTM Norte: 5.393.900 m. Este: 756.130 m. Datum 1956).Actualmente, la empresa Mediterráneo S.A., a través de empresas contratistas ha realizado trabajos de perforación de roca para medir la resistencia y estructura geológica de la zona, corta de bosques en amplias zonas para instalar equipos técnicos, habilitación de campamentos temporales para operarios, mediciones de terreno para determinar el mejor trazado de las torres y líneas de alta tensión, que saldrían de la casa de maquina una vez instalada.Todas las operaciones realizadas durante el año 2009, han sido realizadas sin los permisos correspondientes de los servicios públicos involucrados y que tienen competencia administrativa en este caso, por lo tanto han caído en un notable abandono de funciones, que debe ser sancionados. Es decir, aquí la empresa Mediterráneo S.A., ha caído en actos ilegales y los servicios públicos chilenos en una franca ineptitud al no fiscalizar. Por lo tanto, privados y oficinas publicas deben ser denunciadas por los ciudadanos chilenos y argentinos responsables, que dependen de la integridad ambiental de la cuenca del Puelo y Manso.Máquinas de Perforación de Roca – Río MansoDetalle de perforación de rocas – Tubo de 50 metrosDetalle de cortas ilegales de bosquesCorta ilegal del Tipo Forestal Siempre VerdePor otra parte, una de las empresas consultoras que trabaja para la Corporación Mediterráneo S.A., ya han comenzado a proyectar el probable trazado de las torres y líneas de alta tensión en Río Manso, y esta solicitado a pequeñas empresas locales, la prestación de servicios y presupuestos, que faciliten esta proyección y estudios. Junto con la petición, han adjuntado una imagen de Google Earth para que visualicen el probable trazado (se adjunta link correspondiente al mensaje de despacho).Imagen de Google Earth con el trazado de líneas proyecto Río Manso.Finalmente, se hace un llamado a todos los ciudadanos argentinos y chilenos que aman, viven o dependen del Río Puelo, iniciar las acciones necesarias para detener la destrucción de este río comunitario y su ecosistema, y obligar a las autoridades políticas de ambos países, para destinar esta cuenca binacional con un destino de conservación máxima y a perpetuidad, además de rechazar todo proyecto o emprendimiento hidroeléctrico o minero que la afecte directa o indirectamente.Este protocolo reafirma lo establecido previamente por el Artículo II, punto 3, del Tratado entre la República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente del 2 de agosto de 1991 y lo establecido en el Acta de Santiago sobre Cuencas Hidrográficas, del 26 de junio de 1971.Nota relacionada: Cuenca binacional: proponen difundir los “planes” de Endesa en un evento deportivo
Publicado por Puerta E
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